Compartimos información de interés, en relación con la modificación de plazos en el reporte de información exógena y modificación del anexo del reporte del impuesto de industria y comercio.
- Se amplía el plazo para las personas jurídicas y asimiladas, y las personas naturales y asimiladas, no calificados como grandes contribuyentes para el envío de la información a reportar a la DIAN del año gravable 2020, así:

*Anteriormente los plazos para estos obligados iniciaban
el 11 de mayo y finalizaban el 09 de junio de 2021
- Se modifica Anexo 9, principalmente en relación con campo inicialmente obligatorio de “información segunda actividad ICA” del Formato 1481-información de Industria y Comercio, Avisos y Tableros – ICA, el cual con la modificación “Si se conoce se debe diligenciar”