A lo largo del año 2018, la CGN expidió diversas Resoluciones y Guías de Aplicación, que son consolidadas en este Boletín, las mismas son de aplicación específica (para alguno de los cuatro Marcos Normativos definidos por la CGN), a continuación se presentan las Resoluciones de mayor importancia y las Guías de Aplicación:

1. Resolución 220 de 2018, con la que corrige el código contable de la subcuenta “Reintegros Régimen Subsidiado”

El código contable en mención, se corrigió del numeral 2.1.8. Reintegros del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, expedido con la Resolución No.135 de 2018.

2. Resoluciones 159, 158,134, 127 y 113 de 2018, por las que prorrogó los plazos de reporte de la información financiera, económica social y ambiental a través del CHIP, correspondiente al periodo enero – marzo de 2018

A continuación se presentan los plazos definitivos, determinados a partir de las prorrogas dadas en estas Resoluciones:

TIPO REPORTE FECHA
Entidades de gobierno Estado de Situación Financiera de Apertura – Convergencia 30 de junio de 2018
Entidades de gobierno Información Contable Pública Convergencia, periodo enero – marzo 2018 30 de junio de 2018
Entidades de gobierno Informes financieros y contables mensuales de los meses de enero a mayo de 2018 31 de julio de 2018
Entidades en liquidación Información Contable Pública Convergencia, periodo enero – marzo 2018 30 de junio de 2018
Entidades en liquidación Informes financieros y contables mensuales de los meses de enero a mayo de 2018 31 de julio de 2018
Listado de entidades* Información Contable Pública Convergencia, periodo enero – marzo 2018 31 de mayo de 2018
Ecopetrol Información Contable Pública Convergencia, periodo enero – marzo 2018 15 de mayo de 2018

3. Resolución 156 de 2018, por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007, que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, estableció su conformación y definió su ámbito de aplicación

La CGN decidió modificar el artículo 1° de la Resolución 354 de 2007, el cual quedará así:

Artículo 1°. Adoptar el Régimen de Contabilidad Pública, el cual estará conformado por a) El referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública; b) El Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; c) el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos, d) el Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos ; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regulación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales.

Adicionalmente, la CGN decidió modificar el artículo 5° de la misma Resolución, el cual quedará así:

Artículo 5°. Ámbito de aplicación. El Régimen de Contabilidad Pública debe ser aplicado por:

1. Las entidades u organismo que integran las Ramas del Poder Público en sus diferentes niveles  sectores, las cuales integrarán a su información la de los patrimonios autónomos que constituyan y la de los fondos sin personería jurídica que le sean asignados.

2. Los patrimonios autónomos cuya constitución sea obligatoria en virtud de una disposición legal y estén a cargo de una entidad pública, con independencia de que sean administrados por una sociedad fiduciaria pública o privada.

3. Los fondos con personería jurídica.

4. Las entidades u organismos estatales autónomos e independientes.

5. Las sociedades de economía mixta en las que la participación del sector público sea igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del capital social.

6. Las empresas de servicios públicos domiciliarios cuya naturaleza jurídica corresponda a empresas oficiales y mixtas en las que la participación del sector público sea mayor o igual al cincuenta por ciento 850%) del capital social.

7. El sistema general de regalías.

8. Los resguardos y territorios indígenas, certificados, las asociaciones de los resguardos indígenas, las empresas promotoras de salud  indígenas y las instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas.

4. Resolución 135 de 2018, por la cual se incorpora, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo.

La CGN mediante esta Resolución realizó las siguientes adiciones y modificaciones al Régimen de Contabilidad Pública:

Artículo 1°. Creación de subcuentas en el Catálogo General de Cuentas para entidades de gobierno

Artículo 2°. Modificación de la denominación de varias subcuentas del Catálogo General de Cuentas para entidades de gobierno

Artículo 3°. Eliminación de varias subcuentas del Catálogo General de Cuentas para entidades de gobierno

Artículo 4°. Modificación de las descripciones y dinámicas de varias cuentas del Catálogo General de Cuentas para entidades de gobierno

Artículo 5°. Incorporación, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Esta Resolución es aplicable desde el periodo contable 2018 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

5. Resolución 104 de 2018, por la cual se regula la atención y respuesta a las distintas modalidades de peticiones, quejas y reclamos que a la U.A.E Contaduría General de la Nación le corresponda resolver de manera oportuna y de fondo. 

En esta Resolución, la CGN reglamenta los siguientes aspectos:
1. Derecho de Petición
2. Principios Orientadores
3. Contenido de la Petición
4. Peticiones Verbales
5. Recepción (de las peticiones por parte de la CGN)
6. Petición incompleta o desistimiento tácito
7. Funcionario sin competencia
8. Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones
        a. Documentos – 10 días
        b. Conceptos – 30 días
9. Interrupción de términos
10. Atención prioritaria de peticiones
11. Informaciones y documentos reservados
12. Rechazo de las peticiones de información por motivo de reserva
13. Insistencia del solicitante en caso de reserva
14. Documentos publicados
15. Quejas y reclamos
Esta Resolución es aplicable desde la fecha de su publicación y deroga la Resolución 364 de 2012 y demás disposiciones que le sean contrarias

Guías de Aplicación
Adicionalmente, la CGN emitió las siguientes guías de aplicación durante el año 2018:

TIPO GUÍA
Entidades de gobierno Depreciación por componentes y sustitución por componentes
Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público. Ingresos a partir del grado de avance
Inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda
Subvenciones no monetarias
Costos de financiación

Para mayor información, puede consultar las resoluciones en la página oficial de la CGN o en los siguientes links:

 

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