Decreto 678 en Artículo
7º. :Recordemos que con la aplicación de este decreto se puede
acceder a beneficios tributarios en los territorios, como son la reducción en
un % del capital adeudado y al no pago de sanciones ni de intereses,
dependiendo de la fecha de pago. Esto menciona el decreto:
“Artículo 7. Recuperación de
cartera a favor de entidades territoriales. Con el fin de que las entidades
territoriales recuperen su cartera y generen mayor liquidez, así como la
posibilidad de aliviar la situación económica de los deudores, los contribuyentes,
responsables, agentes retenedores y demás obligados accederán a los siguientes
beneficios en relación con los impuestos, tasas, contribuciones y multas
pendientes de pago a la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo:
- Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1 de noviembre de 2020 y hasta el 31 diciembre se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1 de enero de 2021 y hasta el31 de mayo de 2021 se pagará el 100% del capital sin intereses ni sanciones. …”
¿Qué
están haciendo los municipios para la aplicación de estos alivios?
La mayoría de municipios ya han emitido comunicados: Circulares, Oficios y
resoluciones donde indican el procedimiento para aplicación de los alivios del
Decreto.
Lo cierto es que estos alivios son de aplicación para todos los municipios del
país; lo que deben hacer es facilitar el procedimiento y los sistemas de
información para hacerlo efectivo.
- Bogotá: La Secretaría Distrital de Hacienda emitió Circular 011 de 2020, donde se reglamenta el artículo 7 del Decreto 678 de 2020 y dispone tratamiento para los alivios de las obligaciones tributarias y condonación de intereses y sanciones, como mecanismos para optimización del recaudo.
¿Qué se sugiere? No deje pasar esta oportunidad ni se deje alcanzar en los plazos.
- Valide que obligaciones tiene pendientes por cada municipio donde tiene actividades y responsabilidades.
- Algunos municipios tienen la opción de consulta del estado de las obligaciones por tipo de obligación.
- Consulte el procedimiento que tiene cada municipio para acceder al alivio y aproveche pagando preferiblemente en el primer plazo, esto es antes de octubre 31 de 2020